Hasta 1978, el artículo 449 del Código Penal Español decía lo siguiente: “El adulterio será castigado con la pena de prisión menor. Cometen adulterio la mujer casada que yace con varón que no sea su marido, y el que yace con ella, sabiendo que es casada, aunque después se declare nulo el matrimonio
Internet ha cambiado para siempre el adulterio. Hoy por hoy en la red es fácil encontrar una aventura gracias a la aparición de portales especializados. Pero, ¡ojo!, la tecnología también puede delatar.
Mentiroso y despreciable es la descripción que las esposas agraviadas podrían aplicar a sus maridos infieles. Estúpido es la siguiente. Estudios científicos han concluido que los hombres que tienen aventuras extramatrimoniales pueden tener coeficientes intelectuales más bajos.
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